Carta Episcopal
- Spiritus Domini -
Por la cual se Presenta la Bula Episcopal
y el Código de
Derecho Particular de la
Administración
Apostólica de Corpus Christi
A los Reverendísimos
Padres, Seminaristas y Fieles Laicos Incardinados:
1 - El
Espíritu del Señor, es un Espíritu de Orden, el mismo ha mostrado por medio de
los Mandamientos, el camino que el Hombre ha de guardar para subir a las
alturas de la Santidad y salir a su encuentro entre la multitud de los justos,
viviéndolos libremente y en la caridad fraterna.
2 - Hemos emprendido un camino difícil y lleno de
obstáculos, como toda sociedad humana, existen limitaciones, y, sin embargo,
Dios nos ha llamado para ponernos al Servicio de su Gloria y por la Salvación
de las almas que parece se pierden, sin haber Pastor que las encamine hacia el
Señor. No nos vemos aquí gozando de los placeres del Estado Clerical, que de
ellos no tenemos mayor certeza que la de morir al mundo y crucificarnos con
Cristo, sufriendo con paciencia la persecución y la incomprensión; y esto, es
mejor vivirlo, que vivir el reproche a causa de nuestras propias caídas.
3 - Hemos respondido en un momento especifico de
nuestra historia persona, pero también en un tiempo y en espacio, de la
Historia de la Iglesia y de la Sociedad cada vez más lastimada y llagada por el
pecado de sus propios miembros. Y es el Señor quien ahora nos llama para
reformar nuestra propia vida, antes que reformar a la Iglesia y a la Sociedad,
pues de lo primero vendrá lo segundo y lo tercero como consecuencia palpable de
la docilidad puesta a la Voluntad de Dios.
4 -
Así, pues, queridos Hijos en Cristo Señor, como corresponde a Nos, Legislar
cuanto corresponde al mayor bien de quienes este mismo Señor me ha encomendado,
después de haber revisado, estudiado y corregido, hago de su Pleno
Conocimiento, la Promulgación de los Estatutos del Derecho Particular de la
Administración Apostólica de Corpus Christi a la cual están Incardinados y
gozan de los Plenos Derechos y Obligaciones tales de lo contenido en estos
Presentes Textos Legislativos.
5 -
Presentamos, pues, la Bula Episcopal Omnis Anima Potestatibus, por la cual
quedan Promulgados AD EXPERIMENTUM por un plazo de III Años a partir de la
Solemnidad de Nuestro Seño Jesucristo Rey del Universo, con fecha de XX de
Noviembre del Año del Señor MMXXII, y Presentamos los Citados Estatutos del
Derecho Particular, mismos que deberán ser estudiados y guardados como Norma
Ordinaria de Nuestra Administración.
6 - Ciertamente
será un signo de escándalo a quienes nos persiguen, pero creemos, que podremos
en ello, brindar un Servicio a la Santa Iglesia y a las almas, para que, en un
futuro, cuando la Divina Providencia nos alcance un Pastor Fiel y decididamente
Católico, poder ofrecerlo para bien de muchos. Este será nuestro sello
distintivo, que humildemente queremos ofrecer y suplicamos al Señor, por
intercesión de la Bienaventurada Madre de Dios, Nuestra Señora Inmaculada,
Siempre Virgen y Asunta a los cielos, por intercesión del Castísimo Patriarca
San José y del Gloriosísimo Príncipe San Miguel Arcángel que pueda rendir
auténticos frutos de crecimiento humano y espiritual.
7 -
Extiendo mi Bendición Episcopal sobre quienes de buena voluntad sabrán acogerlo
y estudiarlo, así como también a quienes pretendan impugnarlo, los exhortamos a
darse la medida para leerlo y no hablar de lo que no conocen, inmersos en el
fanatismo y en la necedad y al menos ofrecer opiniones constructivas o guardar
silencio si no han de encontrar palabras edificantes.
Mandamos
que la presente Carta Episcopal, sea publicada el día de su firma y sello. Non
Nobis Domine, Non Nobis, sed Nomini tuo da Gloriam.
Sin que
Obste nada en contrario. Dado en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los XXII días
del mes de agosto, del Año del Señor MMXXII. Memoria Litúrgica de la
Bienaventurada Siempre Virgen María Reina.
Yo, Mauricio, por la Gracia
de Dios
Obispo de la Iglesia Católica
Administrador Apostólico de la
Administración Apostólica Personal +
Corpus Chisti +
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