Decreto de Apertura de Proceso y Expediente de Incardinación Clerical - Prot. No. DE-19/2022

 + Mauricio P. Solís
Por la Gracia de Dios y de la Divina Misericordia
Obispo de la Iglesia Católica



Prot. No. DE-19/2022
Asunto: Apertura de Proceso y Expediente de Incadinación Clerical

Considerando que:
 
    1-    Se ha incardinado a Nuestra Jurisdicción el Joven Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx como Laico perteneciente a la Administración Apostólica Personal de Corpus Christi con todos los derechos y obligaciones conforme al Código de Derecho Particular de la Administración, bajo el Decreto de Incardinación Laical Prot. No. DIL-01/2022-1 con fecha del 08 de septiembre de 2022.
 
    2-    Conforme a los Estatutos del Código de Derecho Particular de la Administración Apostólica de Corpus Christi Art. 14 con sus parágrafos, en lo concerniente a los Procesos de Incardinación de Laicos y Clérigos.
 
Atendiendo a lo anterior y habiendo recibido del interesado Joven arriba citado la Solicitud Formal para ser considerado a pleno Proceso Vocacional, para y observando los hechos, conforme a la Prudencia que debe asistirnos, por el bien del Pueblo de Dios a Nos encomendado, con Nuestra Autoridad Episcopal
 
DECRETAMOS
 
            Art. 1- La Apertura a Proceso de Vocacional del Joven Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, acusando de recibido la Solicitud Formal para el recibimiento de las Ordenes Sagradas Menores, conforme a los Rituales Tradicionales de esta Administración Apostólica.
 
            Art. 2 - Así mismo, Mandamos que comiencen a correr los Escrutinios pertinentes, con la intención de conocer de mayor fondo la idoneidad del Candidato al Ministerio y poder así determinar la aceptación al Ministerio Sagrado del joven citado.
 
           Art. 3 – Que se aperture el Expediente de Incardinación Clerical bajo el Prot. No. EIC-AAPCC-XXXX-2022 (Expediente de Incardinación Clerical – Administración Apostólica Personal de Corpus Christi – Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx – 2022), para los fines pertinentes al proceso Vocacional.
 
          Art. 4 - Mandamos, y establecemos que sean informados los Fieles para que puedan dar sus testimonios sobre obra Pastoral, Vida y Costumbres del Joven Xxxxxx Xxxxxxxx, así mismo, elevar incesantes oraciones y suplicas por este Hermano nuestro para que el Señor, con su Espíritu Santo, clarifique y confirme su Vocación.
 
          Art. 5 – Mandamos que sea publicado el Presente Decreto en los medios necesarios y se adjuntado en el Libro General de Decretos Episcopales y en el Expediente Aperturado. Así mismo, sea notificado de la resolución presente el citado Joven 
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.

 
Sin que obste nada en contrario.
 
Dado en la Ciudad de México, bajo nuestro sello y rúbrica a los doce días del mes de septiembre del Año del Señor dos mil veintidós. Fiesta del Dulce Nombre de María. Primero de Nuestro Pontificado.
 
 
 
 
Mauricio P. Solís
Episcopus
 
 
 
Rvdo. P. Joseph E. T.
Notario Episcopal
 
 
 
_____________________
C.C.P. Libro General de Decretos Episcopales
C.C.P. Expediente Prot. No. EIC-AAPCC-XXXX-2022

NOTA IMPORTANTE
LOS DATOS PERSONALES HAN SIDO CENSURADOS CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN POSESION DE PARTICULARES Y EN BASE AL AVISO DE PRIVACIDAD DE LA ADMINISTRACION APOSTOLICA PERSONAL DE CORPUS CHRISTI

 


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